Se requiere un mínimo de un solo director para formar una LLC. Los directores pueden ser ciudadanos y residir en cualquier país. No se requiere un director residente local. Uno de los accionistas puede ser el director único.
Los directores corporativos o de personas jurídicas están prohibidos. Los directores deben ser personas físicas.
En general tener un director fiduciario en Andorra es posible, sin embargo, las leyes de la compañía les otorgan a los directores un poder de decisión sustancial y los directores son legalmente responsables de las decisiones de la compañía. Por lo tanto, es poco común a menos que un director esté trabajando plena y activamente para la empresa.