Andorra aprueba la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública

El texto obliga a los cargos públicos a hacer una declaración privada de su patrimonio

El Consell General –parlamento andorrano– ha aprobado este viernes la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, que prevé que los cargos públicos deban hacer una declaración de su patrimonio al inicio y al final de la legislatura, que será privada.

Lo han anunciado los grupos parlamentarios de Demòcrates, Liberals y Ciutadans Compromesos, que configuran la coalición de gobierno, mediante un comunicado de prensa conjunto.

El texto se ha votado por partes y ha tenido siempre el apoyo de los grupos de la mayoría, que entienden que la ley tiene por objetivo de “alinearse a los estándares internacionales”.

Los grupos de la oposición, Partit Socialdemòcrata y Terceravia, han apoyado algunos puntos de la proposición, mientras que en otros se han abstenido o han votado en contra.

Declaración privada

La nueva Ley obligará a los cargos públicos y altos cargos a hacer una declaración privada de su patrimonio al inicio y al final de la legislatura “para evitar cualquier enriquecimiento ilícito o corrupción” durante el período, señala el comunicado de los grupos de la mayoría.

Esta declaración se deberá hacer ante notario y de forma privada para que la información no se convierta en objeto de comentarios y chismes ni suponga un freno a aquellos ciudadanos que quieran dedicarse a la política, ha argumentado la presidenta suplente del grupo parlamentario Demòcrata, Mònica Bonell.

Transparencia en tres vertientes

El texto aplica un marco legal del principio de transparencia desde una triple vertiente: obligación de publicidad por parte de las instituciones públicas; reconocimiento del derecho al acceso a la información pública por parte de la ciudadanía, y la obligación de la declaración de patrimonio.

En cuanto a la obligación de publicidad, las administraciones deberán mantener actualizada y pública información relativa a los lugares de trabajo y retribuciones de los funcionarios y trabajadores públicos, así como la relación de altos cargos y de libre designación.

De la misma manera, deberán tener una relación de contratos licitados y adjudicados y de los bienes inmuebles y equipamientos públicos.

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